RADIO EL CLUB DE LA PLUMA

miércoles, 13 de marzo de 2024

EL LEGADO DE LOS GOLPES DE ESTADO: EL AUTORITARISMO ARGENTINO - PROF. LIDIA INÉS RODRIGUEZ OLIVES

 

EL LEGADO DE LOS GOLPES DE ESTADO: EL AUTORITARISMO ARGENTINO


 

 Soy Lidia Rodríguez Olives y, desde Buenos Aires, saludo a todos los que escuchan El Club de la Pluma

 

 Uno podría hacer muchos comentarios sobre el discurso de Milei el primero de marzo. En general, fue un discurso marcado por el autoritarismo que lo caracteriza desde el principio de su gestión. No faltaron ni la amenazas, ni los insultos ni la descalificación. Por eso hoy quisiera enfocarme en una cuestión que es estructural y profunda. Me refiero al proceso por el cual la sociedad argentina ha ido naturalizando lo que son verdaderas patologías institucionales y que hoy hacen que la concentración del poder y el autoritarismo se desarrollen a cielo abierto. Este proceso puede ser analizado desde dos planos o dimensiones. El primero se refiere a los gobiernos de facto y al impacto que han tenido sobre nuestro régimen constitucional. El segundo, a los gobiernos que, aunque llamados “democráticos”, concentran el poder en el Ejecutivo, violando el principio republicano de la división de poderes. Ambos son reflejo de una sociedad autoritaria que, aunque levanta las banderas de la democracia, no duda en inmolarla en el altar de los intereses individuales, de los prejuicios y del resentimiento. Hoy voy a referirme al primero de estos planos, el de los golpes de Estado. La semana que viene será el turno de analizar las prácticas imperiales que se esconden tras una fachada democrática.

 

 Los orígenes de nuestra Constitución son claramente liberales. Liberal fue Alberdi (frecuentemente citado por el presidente) y toda la Generación del 37, que volvió del exilio tras la caída de Rosas. Durante el largo período en que fue gobernador de la Provincia de Buenos Aires, jefe militar de la Confederación y su representante en el exterior, Rosas recibió de la Legislatura de Buenos Aires delegaciones que le permitieron sancionar leyes y juzgar. Si algo quedaba claro para los Constituyentes de 1853 es que debían impedir que esa situación se repitiese ya que, a su entender, arriesgaba la vida, el honor y la fortuna de los argentinos. Así quedó plasmado en el artículo 29 de la CN, que declara la “nulidad insanable” de cualquier forma de concentración del poder y ejercicio autoritario.

 

 Pero esta convicción duró poco, demostrando una máxima de la Historia Argentina: en este país, no se juzgan los instrumentos sino los individuos, grupos o partidos que los utilizan. Sólo así se explica que, mientras Rosas, que ejerció un poder delegado, era considerado un tirano, Mitre, habiéndose alzado contra el gobierno constitucional y luego de la batalla de Pavón, se autoproclamase Presidente en Ejercicio. Con ese poder arrebatado por la fuerza, dictó una serie de normas que fueron declaradas válidas por la Corte Suprema de Justicia. Pero nadie lo llama tirano…

 

 Los golpes de Estado caracterizarán la Historia Argentina del S XX. Entre 1930 y 1983 fueron más los gobiernos de facto que los de derecho. Y en ese camino, nuestro régimen constitucional fue cediendo paulatinamente frente a situaciones de fuerza.

 

 El primer golpe se produjo en 1930. El Congreso fue disuelto y las provincias intervenidas. La clara ilegitimidad de un gobierno de facto fue salvada nuevamente por la Corte Suprema de Justicia. En una Acordada, que arrojaba al basurero el criterio según el cual los jueces sólo se pronuncian a través de sus sentencias, el máximo Tribunal entró de lleno en la arena política, declarando que (y lo cito) “el gobierno provisional (…) es un gobierno de facto cuyo título no puede ser discutido (…) en cuanto ejercita la función administrativa y política derivada de su posesión por la fuerza como resorte de orden y seguridad social”.

 

 La Corte salvó de esta manera la cuestión de la legitimidad, pero quedaba por resolver otro tema no menos importante: ¿qué pasa con las normas sancionadas durante un gobierno de facto? En franca adhesión a la ideología que estos sostienen, la jurisprudencia argentina recorrió un camino que la condujo a la aceptación irrestricta de esas normas, extendiendo cada vez más las facultades de los usurpadores. Al inicio del camino (en 1930), si bien validó el golpe, la Corte limitó el ejercicio legislativo a criterios de “necesidad y urgencia” y excluyó el campo penal. Además, estableció que las leyes derogadas por el gobierno volvían a tener validez al terminar el período de excepción. 

 

 En 1943 hubo un segundo golpe militar. La Corte produjo entonces una nueva Acordada en términos similares a los que había utilizado en 1930, que reconocía la legitimidad, pero aplicaba a las normas sancionadas un criterio restrictivo que las mantenía en vigencia sólo mientras estuviesen en el poder. Sin embargo, amplió el campo de la legislación que podían producir: al requisito de “necesidad y urgencia” se agregó el de “los fines de la revolución”, aceptando toda norma que apuntase a ellos.

Reestablecido el orden constitucional en 1946, la Corte Suprema fue reemplazada y la jurisprudencia respecto de los golpes de Estado cambió. El criterio restrictivo fue dejado de lado, admitiendo que las normas subsistían, aunque cesara el gobierno que las había sancionado y sin necesidad de ratificación del Congreso. También se estableció que el criterio de “necesidad y urgencia” era privativo del gobierno de facto y totalmente ajeno al control judicial. Si bien esto permitió al gobierno incorporar toda la legislación producida en el campo laboral y social durante el golpe de 1943, su aplicación provocó la reacción de todo el arco opositor, que tildó al gobierno de tiránico.

 

 Pero Perón fue derrocado en 1955. El gobierno de facto derogó la Constitución de 1949, volviendo al texto de 1853. Por el decreto 4161/56 se proscribió tanto al Partido Peronista como a su líder depuesto. Su accionar fue legitimado nuevamente por la Corte, que afirmó: “El gobierno surgido de una revolución triunfante tiene el poder de realizar todos los actos necesarios, y entre ellos los de carácter legislativo, para el cumplimiento de los objetivos de la revolución”. La capacidad de legislar ya no tenía límites.

 

 Normalizada la situación, esta vez fue el Congreso el que estableció que todas las normas sancionadas por un gobierno de facto tenían plena vigencia con posterioridad, criterio que acató la jurisprudencia de la Corte. Un radical (¡quién si no…!) Julio Oyhanarte fue el encargado de la justificación teórica. Afirmó que bastaba con que el gobierno de facto manifestara su voluntad de legislar para que sus normas siguieran en vigencia durante el período constitucional, aunque no fueran ratificadas por el Congreso. Esto hizo posible mantener la proscripción del peronismo, como resultado del contubernio entre militares, partidos políticos, Poder Judicial y una complaciente sociedad. Lo que hay que señalar es que esta concepción irrestricta de las normas de facto era la que había utilizado el gobierno peronista y que tanto escándalo había suscitado en la oposición. Pero al igual que Rosas, Perón era un tirano; al igual que Mitre, Aramburu, un salvador.

 

 El golpe de 1966 significó un grave avance sobre la normalidad constitucional. Los golpistas pusieron en vigencia el Estatuto de la Revolución Argentina, colocado por encima de la Constitución. Pero, además, los interventores provinciales pasaron a llamarse gobernadores, mientras que las normas dictadas dejaron de ser Decretos Ley para llamarse simplemente Ley. Como si esto fuera poco, el llamado a elecciones fue hecho según normas que operaron como una verdadera reforma constitucional, acortando el mandato presidencial a 4 años y estableciendo la elección directa.

 

 Tampoco esta reforma fue cuestionada. Pero se produjo un importante debate que tendría como protagonistas a Enrique Bacigalupo (Procurador del Tesoro) y a Germán Bidart Campos. El primero sostuvo que las normas dictadas durante un golpe de Estado pueden ser derogadas por un simple decreto del Poder Ejecutivo, dado que no es republicanamente aceptable que un gobierno de facto limite las acciones de uno constitucional. Sin embargo, Bidart Campos sostuvo que no importa el tipo de gobierno del que emana la norma: sólo importa que es una ley y sólo podrá ser derogada por otra norma de la misma jerarquía, es decir, una ley del Congreso. Le debemos entonces al “padre del constitucionalismo argentino” una de las patologías institucionales más dañinas: para sancionar una norma alcanza la voluntad de un dictador. Pero para derogar esa misma norma, todo un Congreso debe ponerse de acuerdo. Con padres como este, mejor ser huérfana…

 

 Equiparados de esta manera los gobiernos de facto con los constitucionales, dotados los primeros de amplias facultades para legislar y asegurada la permanencia de esas normas más allá de los períodos de excepción, no debe asombrarnos entonces que la Dictadura de 1976 haya redactado su propio Estatuto en reemplazo de la Constitución, ni que haya formado la CAL, Comisión de Asesoramiento Legislativo que cumpliría las funciones del Congreso. De las 4449 leyes que, hasta la aparición de Milei, estaban en vigencia en Argentina, más de 800 fueron dictadas por gobiernos de facto y 417 corresponden a la última Dictadura.

 

 Debemos saber, entonces, que la Dictadura no terminó. Persiste en las leyes que nos legó, como la de Entidades Financieras que hoy utiliza el Ministro Caputo. Con ellas se consolidó un modelo de exclusión del que no saldremos si no desmantelamos la estructura jurídica que lo hace posible. Entre tantos problemas cotidianos, bueno sería no perder de vista esta cuestión estructural.

 

 Desde Buenos Aires, les mando un gran abrazo a los oyentes de El Club de la Pluma.

 

PROF. LIDIA INÉS RODRIGUEZ OLIVES

Profesora de Historia

 Posgrado en Ciencias sociales por FLACSO

 

TRANSNISTRIA - PROF. VIVIANA ONOFRI

 

TRANSNISTRIA

 

 

RESURGE UNO DE LOS CONFLICTOS POSTSOVIÉTICOS DILATADOS EN EL TIEMPO: TRANSNISTRIA, UN ENCLAVE PRORRUSO DENTRO DE MOLDAVIA.

 

 Un cálido abrazo a toda la querida audiencia de EL CLUB DE LA PLUMA.

 Mi columna de hoy se centrará en una cuestión dilatada en el tiempo, un conflicto postsoviético, luego del derrumbamiento de la Unión Soviética: Hablaré sobre TRANSNISTRIA, un enclave prorruso dentro de Moldavia. Ya he sugerido que para muchas cuestiones tengamos un mapa a mano.

 

 Moldavia es una república pequeña que tiene fronteras al oeste con Rumanía y, al norte, sur y este con Ucrania. Existen otros conflictos postsoviéticos congelados en el tiempo, pero no serán motivo del espacio puntual de este domingo. No olvidemos que para destruir la Federación Rusa según la RAND CORPORATION, uno de los objetivos de la OTAN, entre otros, es desestabilizar Transnistria, otro lugar dentro de las fronteras de Europa.

 

 Moldavia perdió el control de facto de Transnistria en 1992, como consecuencia de la Guerra de Transnistria. Desde entonces, el partido gobernante, sólo ha recibido el reconocimiento diplomático de Abjasia, Osetia del Sur y la República de Nagorno-Karabaj, tres estados postsoviéticos con el reconocimiento mínimo de ellos mismos.

 

 La implosión de la Unión Soviética en la Navidad de 1991, dejó a su paso numerosos conflictos territoriales que se mantienen abiertos casi un cuarto de siglo después. Esta franja de Transnistria es un territorio de 4000 kilómetros entre el río Dniéster y Ucrania. Transnistria con un 60% de población rusoparlante proclamó su independencia en 1990 y pidió el apoyo de Moscú.

 

 Rusia mantiene allí desde entonces a un millar de soldados. Existe en el limbo internacional; la región es subvencionada por Rusia, que paga a pensionistas y funcionarios y le suministra gas. En 2006, el 97% de sus habitantes en un referéndum ilegal se manifestó a favor de su independencia y

de la integración en Rusia, algo que aún no se ha consumado. La OTAN está alerta de Transnistria.

 

 No olvidemos que la disolución de la Unión Soviética dio lugar a la aparición de varios Estados nacidos de las divisiones regionales de la Unión Soviética. La pequeña Transnistria que la administración soviética había vinculado a Moldavia después de la Segunda Guerra Mundial, proclamó su independencia 5 días después que Moldavia.

 

 Es importante recordar que los Estados Unidos trataron de aplastar militarmente a Transnistria. Es que en medio del desmembramiento de la URSS y de las proclamaciones de independencia de los Estados soviéticos, los medios de difusión concedieron muy poca atención a lo de Transnistria. Esto motivó que los Estados Unidos, ansioso por consolidar su propia influencia, se opusiera al reconocimiento de Transnistria por parte de la ONU y que Washington tratara incluso de aplastarla aportando su apoyo a una invasión rumano-moldava a través del río Dniéster, pero los estadounidenses cometieron un grave error al subestimar a los generales de Moscú que se oponían a Boris Yeltsin. Utilizando los medios del 14 Ejército ruso estacionado en la propia Transnistria, esos generales hicieron posible la victoria de la resistencia popular dirigida por el presidente de Transnistria de ese momento, Igor Smirnov.

 

 Los moldavos soñaban con el modelo estadounidense mientras que la población de Transnistria optaba por el de Gorbachov: construir una nación simultáneamente democrática y comunista. Al año siguiente, en 1992, vuelvo a repetirlo, los Estados Unidos trataron de destruir Transnistria lanzando contra ella un ejército de mercenarios. El gobierno del presidente ruso Boris Yeltsin abandonó a la población de Transnistria, pero esta se defendió sola y derrotó a los invasores, conquistando así su libertad.

 

 Hoy en día, el gobierno de Moldavia no reconoce la independencia de Transnistria, llamada “República Moldava del Dniéster”, no paga allí ningún tipo de prestaciones sociales ni los salarios de sus empleados públicos, pero afirma que la población de Transnistria es moldava.

 A pesar de que Moldavia y la República no reconocida proclamada por la población de Transnistria habían concluido un acuerdo para que esta última pudiera tener acceso, a través del territorio moldavo, al mercado de la Unión Europea y al mercado global en general, el gobierno moldavo adoptó este año 2024 nuevas normas que obligan a las empresas transnistrias a registrarse en Moldavia para que sus productos puedan transitar en suelo moldavo. Pero las empresas de Transnistria no pueden registrarse en Moldavia porque los bancos moldavos les niegan esa posibilidad.

 

 Al mismo tiempo, la guerra impide que los productos de Transnistria puedan transitar a través de Ucrania. Vamos, el doble discurso de los Amos del Cortijo, como decimos aquí.

 Durante todo el mes de enero de este año, la capital de Transnistria, Tiraspol, ha sido escenario de manifestaciones populares contra la forma de bloqueo económico descrita antes. La mayoría de la población de Transnistria tiene triple nacionalidad: es simultáneamente moldava, transnistria y rusa.

 En suelo de Transnistria, hay una misión permanente rusa de paz que cuenta entre 1500 y 2000 militares rusos.

 

 El 21 de febrero, el presidente de Transnistria, Vladim Krasnosselskin, anunció por primera vez en dieciocho años, la convocatoria de todos sus diputados para reunirse en Congreso. Ucrania que había intentado asesinar al presidente transnistrio en septiembre de 2023, envió inmediatamente su embajador para garantizar que la situación no se volviera en su contra.

 El 27 de febrero, el Departamento de Estado de Estados Unidos envió a Christopher Smith , un segundo de la subsecretaria de Estado, Victoria Nuland.

 El 28 de febrero, la RAND CORPORATION, el “tanque pensante” del complejo militar-industrial estadounidense, redactó un plan que propone debilitar al contrincante ruso de Estados Unidos obligándolo a intervenir militarmente en Ucrania y después en Transnistria. Ese plan fue presentado a la Cámara de Representantes del Congreso de los Estados Unidos el 5 de septiembre de 2019.

 

 No olvidemos a la RAND CORPORATION que ya tenía todo planificado para destruir a la Federación Rusa en varios frentes. Uno de ellos, era armar a Ucrania, entre otros frentes: Todo estaba escrito en el plan de la RAND CORPORATION. Y volviendo a Victoria Nuland y su esposo Robert Kagan, ambos forman parte del complejo militar-industrial, es decir, están a ambos lados del mostrador: promueven las guerras y obtienen ganancias más que millonarias, imposibles de imaginar. También podría mencionar a Anthony Blinken, secretario de Estado de los Estados Unidos que guarda estrecha relación con el complejo militar-industrial estadounidense, pero eso podría ser motivo para otra columna. Cuántos personajes siniestros, ¿no?

 

 En enero de 2022, el Alto Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Josep Borrel, estuvo personalmente en la frontera entre Ucrania y Transnistria para reunirse allí con la Misión de Asistencia de la Unión Europea para las Fronteras de Moldavia y Ucrania. El objetivo del viaje de Josep Borrel era preparar la crisis actual. Es que Josep Borrel, jefe de la “diplomacia” europea, organiza el bloqueo contra Donbass y Transnistria.

 

 La Unión Europea que se presenta oficialmente como una potencia de paz, en realidad, está preparando los teatros de guerra de la OTAN. ¿Y por qué la cuestión se torna tan caliente en Europa? Porque Transnistria ha pedido ayuda a la Federación Rusa. ¿Qué ocurrirá? No lo sabemos.

 

 Son tiempos muy complicados en Europa, de muchísima tensión, porque podrían involucrar la supervivencia, no solamente de la población europea, sino de toda la especie humana sobre el planeta. Me refiero a la guerra termonuclear a la que nos está llevando la OTAN.

 

 Me despido de nuestra querida audiencia, agradeciendo su amable atención y deseando que nos volvamos a encontrar en otra emisión más de EL CLUB DE LA PLUMA.

  


PROF. VIVIANA ONOFRI

Profesora en Letras

ex catedrática de la Universidad Nacional de Mar del Plata

 

EL CIERRE DE TELAM ES UN ACTO DE NULIDAD ABSOLUTA E INSANABLE - Dr. MIGUEL JULIO RODRÍGUEZ VILLAFAÑE

 

EL CIERRE DE TELAM

ES UN ACTO DE NULIDAD

ABSOLUTA E INSANABLE

 

 

 La agencia “Telenoticiosa Americana”, más conocida como Télam, el 14 de abril de 1945, fue inaugurada por Juan Domingo Perón y tiene 78 años de existencia.

 Cuando Eduardo Duhalde fue presidente, firmó el Decreto 2507/2002 de transformación de Télam en Sociedad del Estado, por tanto, quedó regida por la Ley 20.705 de 1974, que creó las Sociedades del Estado. En esta norma se establece, en el artículo 5, que, “sólo mediante autorización legislativa podrá el Poder Ejecutivo resolver la liquidación de una sociedad del Estado”.

 

 El presidente Javier Milei por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70 de 2023 estableció, en el artículo 40, que se deroga la Ley 20.705.

 Luego, Milei en el proyecto de ley que denominó "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", conocido como la “Ley ómnibus”, propuso la privatización de 41 empresas estatales, muchas de las cuales hacen a la historia valiosa de nuestro país, entre ellas a la agencia noticiosa Telam. Esta norma después fue retirada del tratamiento legislativo por el Poder Ejecutivo.

           

 El primero de marzo de este año, el Presidente, en su discurso en la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, ante la Asamblea Legislativa insistió, que “cerraría la agencia Telam”. También, con criterio cuasi extorsivo, sostuvo que como un gesto de buena voluntad se debía aprobar por los gobernadores provinciales el proyecto de la ley ómnibus para que se les diera un desahogo fiscal y luego, firmar el que llamó el “Pacto de Mayo”.

 

Cierre de Telam

 El domingo 3 de marzo de 2024, a la medianoche, se vallaron los dos edificios de la agencia de noticias Telam en CABA y el personal recibió por correo electrónico en la madrugada del lunes, una comunicación por la cual se lo dispensaba de prestar servicios por una semana. No se les permitió acceso alguno a las oficinas. Además, la web del medio público también fue dada de baja y muestra la frase: “Página en reconstrucción”. 

 El presidente ha fundado su accionar en la autorización que daba el DNU 70 que se pretende decir que rige desde el 29/12/23.

 

Desviación de poder

 Tal como lo vengo sosteniendo, el presidente Javier Milei al dictar el DNU 70, violó gravemente la buena fe institucional de forma maliciosa, en una verdadera desviación ilegal de poder y llevó adelante un acto nulo de nulidad absoluta e insanable.

 Lo referido surge de lo dispuesto por el art. 99 inciso 3 de la Constitución Nacional que establece: “El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”. Luego el artículo aclara que, “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria…, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia…”.

 

DNU de nulidad absoluta e insanable

 En las estrictas circunstancias por las que se habilita dictar un DNU, como también lo ha dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 322:1726; 331: 2406 y 333:633), debe demostrarse que hay concretas razones de necesidad y urgencia, que el DNU 70, no se ha demostrado integralmente, en cada una de las leyes que deroga o reforma, dado que el Congreso debe aprobarlo o rechazarlo a paquete cerrado. Además, por ejemplo, regula sobre aspectos penales y tributarios (Ley N° 22.415 Código Aduanero), materias estrictamente prohibidas de legislar por el presidente. El DNU, claramente deja en evidencia que no respeta las razones excepcionales que lo habilitan y es insanablemente nulo.

           

 Al respecto, cabe agregar, que no había imposibilidad que funcione el Congreso de la Nación por circunstancias de fuerza mayor que lo impidan, al punto tal que, por el DNU 76 del 22/12/2023 posterior al DNU 70, el Presidente convocó a sesiones extraordinarias al Congreso, desde el 26 de diciembre de 2023, hasta el 31 de enero de 2024, lo que luego prorrogó hasta el 15 de febrero.

           

 Ninguna supuesta emergencia permite al Poder Ejecutivo arrogarse nuevas atribuciones ignorando el derecho constitucional vigente.

 La nulidad absoluta del DNU 70 se da de pleno derecho y se produce en el nacimiento mismo del acto porque va en contra la Constitución Nacional.

           

 El inmenso paquete de derogaciones y reformas contemplados en el DNU 70 ha implicado, a su vez, el ejercicio de facultades extraordinarias, asimilables a un auto otorgamiento por el Presidente de la suma del poder público, condicionando gravemente la actuación del Congreso de la Nación, actitud que lo deja incriminado en “la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”, como establece el art. 29 de la Const. Nac.

 

El DNU 70 no tiene efecto jurídico

 Cuando se trata de un acto nulo de nulidad absoluta e insanable, o sea, de imposible confirmación, como es el caso del DNU 70, que afecta gravemente la división de poderes en contra de lo dispuesto por la Constitución Nacional, no tiene efecto jurídico alguno, es un acto inexistente. Incluso, la justicia lo puede declarar integralmente nulo de oficio.

 Tampoco, atento lo referido, no puede decirse que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26.122, que regula el trámite de los DNU, hasta que se rechace por el Congreso genera “derechos adquiridos durante la vigencia”, (art. 24), porque no nació como norma y como tal no puede generar efecto alguno.

 Incluso, existe un proyecto del diputado nacional por Santiago del Estero Ricardo Daives, que tomando lo que escribí al respecto, hizo suya mi postura y presentó un proyecto de ley por el cual determina que se declara “la nulidad absoluta e insanable del Decreto 70/2023”.

 Por lo que, al no estar derogada la Ley 20.705 por el DNU 70 que es nulo, se requiere la voluntad del Congreso para cerrar Telam.

 

Personalidad informativa propia

 En un momento en el que aparecen nuevos imperios desde lo informático-comunicacional y lo informativo, se vuelve fundamental, más que nunca, contar con soberanía en el manejo de las comunicaciones y la información.

 La agencia Telam de noticias es la agencia de noticias más importante de Latinoamérica y la segunda en importancia de lengua castellana. Tiene también portales en portugués y en inglés.

           

 La agencia produce información pública y nacional, que hace a la democratización informativa, que transmite en los tres formatos: escrito, radial y televisivo. La agencia posee también el portal digital (web telam.com.ar), que funciona en tiempo real. Ella permite, con cobertura plural y federal (corresponsales en cada provincia), difundir con criterio soberano noticias sobre Argentina, distribuida a unos 2.800 abonados, medios de prensa nacionales e internacionales y a oficinas gubernamentales nacionales, provinciales y municipales.

           

 En consecuencia, es inaceptable e inconstitucional, que se tire por la borda tanto esfuerzo humano y tecnológico al servicio del derecho humano de la información, la libertad de expresión, la formación ciudadana y la presencia soberana del país con personalidad informativa propia. 

 

Dr. MIGUEL JULIO RODRÍGUEZ VILLAFAÑE

Abogado constitucionalista cordobés,

y Periodista columnista de opinión